Bueno amigos, al menos en cuanto a imponerse pueden, cualquiera puede imponer en una AFP como independiente, incluso creo que en las ISAPRES tambien, ahora que legislen al respecto... dudo por al menos en este decenio, pero si pueden iniciar giro como vendedoras comisionistas, o similares, el tema es que ¿"Quién va a pagar la Retención del 10%"? además tendrían que ayudarse con un contador o contadora y ya les sacan una tajada más, en fin pero pueden hacerlo, ahora como el rubro no EXISTE en la legislación chilena tiene que hacerlo por otro rubro, que además es mejor, así en la Boleta No Diría " Escort" o Servicios de Prostitución., en todo caso es un lindo tema... je,je,je,

ASaludos