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Resultados 1 al 2 de 2
  1. #1
    Perdurito Administrador
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    Dec 2009
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    En castillos caminantes...
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    Predeterminado Redadas... para tener presente.

    Hoy en dÃÂ*a y desde hace un tiempo, el establishment se ha dedicado a golpear temas menores en la vida cotidiana, pero de gran impacto social y moral, como es el caso de las "escorts". Por eso es bueno tener presente cuales son las faltas y delitos que podemos estar cometiendo al momento de vernos en medio de una redada policial a alguna agencia.

    Es bueno notar en todo caso que la probabilidad de redadas es más alta mientras más popular o conocido sea en centro en donde estamos.

    Las faltas o delitos pueden ser:

    1.- Ley de alcoholes. Todas las infracciones de la ley de alcoholes 19.925 son faltas, menos el art. 155 conducir en estado de ebriedad, que es un delito. Estas aplican básicamente al local que pudiera estar vendiendo alcohol sin los permisos correspondientes. Igualmente aplica para los clientes que se encuentren en estado de ebriedad, quienes pueden ser conducidos (no necesariamente ya que no es lugar público) a un recinto policial como medida precautoria (no detención), sobre todo en caso de resistencia a la fuerza pública.

    2.- Infracciones a las condiciones de higiene y seguridad. Igualmente aplica al local, es revisado por PDI o Carabineros, según sea el caso.

    3.- Evasión tributaria, igualmente aplicable a los dueños de las agencias.

    4.- Facilitación a la prostitución (contactar e iniciar a mujeres en la actividad, traer mujeres extranjeras, etc) orientado básicamente a quienes lucran con el trabajo sexual de terceros.

    5.- Trata de blancas, que aplica a extranjeras sin documentos legales de trabajo remunerado y/o de residencia en Chile.

    La prostitución en Chile NO ES ILEGAL, cualquier mujer chilena MAYOR DE EDAD la puede ejercer si tiene su carnet de sanidad al dÃÂ*a.


    Una mujer extranjera residente, también puede ejercerla, teniendo el carnet correspondiente y residencia legal en el paÃÂ*s. (como turistas no pueden ejercerla, y en primera instancia son deportadas a su patria).


    Los clientes solo deben exhibir su carnet de identidad, que siempre deben llevar consigo para evitar malos ratos y verificaciones de domicilio e identidad. Quien contrata un servicio sexual NO están cometiendo ni falta ni delito.


    A las chicas les piden el carnet de sanidad. Si lo tienen, todo bien. Sólo pueden citarlas a declarar, en caso de tener un caso en contra del administrador o dueño. Si no tienen carnet de sanidad, se las llevan de inmediato al hospital para que saquen dicho documento.

    Como recomendación uno debe ser discreto y cooperador.

    Ante filmaciones o fotografÃÂ*as:

    1. Exigir el documento de autorización, el nombre y número identificación de quien está tomando registros, y comentarle que se tomaran las medidas legales correspondientes si no existiere tal documento.

    2. Ocultar la cara muchas veces es denigrante, pero es mejor a tener que verse en el diario al dÃÂ*a siguiente.

    El artÃÂ*culo 161-A del Código Penal establece: "Se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado; sustraiga, fotografié, fotocopie o reproduzca documentos o instrumentos de carácter privado; o capte, grabe, filme o fotografié imágenes o hechos de carácter privado que
    se produzcan, realicen, ocurran o existan en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público. Igual pena se aplicará a quien difunda las conversaciones, comunicaciones, documentos, instrumentos, imágenes y hechos a que se refiere el inciso anterior.

    En caso de ser una misma la persona que los haya obtenido y divulgado, se aplicarán a Hasta las penas de reclusión menor en su grado máximo y multa de 100 a 500 Unidades Tributarias Mensuales.

    Esta disposición no es aplicable a aquellas personas que, en virtud de ley o de autorización judicial, están o sean autorizadas para ejecutar las acciones descritas."

    Importante estar calmados ya que en estas condiciones no somos culpables de nada; actuar con respeto, pero exigirlo igualmente. Vestirse rápido y evitar intercambios de palabras demás con cualquier agente de la ley.

    Finalmente, si todo pasó bien... tener la prestancia, para ducharse calmadamente y seguir con el tiempo que te queda...
    Atentamente

    Rz


  2. #2
    pekador
    Guest

    Predeterminado

    gracias don rodrigo asi nadie corre riesgos de caer preso....

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